Además del concurso de traslados, los funcionarios docentes tienen la posibilidad de intercambiar su puesto de destino con el de otro docente siempre que ambos reúnan una serie de requisitos. Las permutas no deben confundirse con la posibilidad de intercambio de puestos entre personal interino adjudicatario de destino en la resolución definitiva de adjudicación de destinos provisionales para cada curso académico, contemplada en el artículo 31 de la Orden de 18 de junio de 2018, por la que se regulan las bolsas de trabajo docentes y se establecen las bases aplicables al personal integrante de las mismas.
El Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes, recoge en la Disposición adicional sexta las permutas.
Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslado de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos
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