Esta norma abre, para el curso 2025/26 y siguientes, la nueva posibilidad de concentrar el horario personal de obligada permanencia en el centro, en un número de días inferior a cinco, proporcional a la reducción de jornada que se tenga concedida, al amparo de alguno de los siguientes supuestos:
• Reducción de jornada por razones de guarda legal y por razones de cuidado de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
• Permiso por razón de violencia de género sobre la mujer funcionaria.
• Permiso para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos.
Desde ANPE, pedimos garantías a la Consejería para el cumplimiento generalizado de esta medida, con independencia de la etapa educativa y asignatura en la que se desarrollen las enseñanzas, dado que la norma indica que se deberá respetar en cualquier caso la distribución en días del número de horas lectivas de las asignaturas que imparta el personal docente.
Para poder hacer efectiva esta nueva posibilidad, el personal docente con alguna de las reducciones enumeradas anteriormente, concedida, tendrá que solicitarla a la dirección del centro o servicio educativo, con anterioridad a la elaboración de los horarios y, en todo caso, antes del comienzo del régimen ordinario de clases.
Sevilla, 26 de junio de 2025.
ANPE-ANDALUCÍA