De acuerdo con lo establecido en el punto 8.2.1 de la convocatoria de oposiciones, el tiempo de servicio prestado en centros públicos de Andalucía ya consta en poder de la Administración, a través del Sistema de Información de Recursos Humanos de la Junta de Andalucía.
APELLIDOS Y NOMBRE:
D.N.I.:
Nº DE OPOSITOR/A:
CUERPO Y ESPECIALIDAD:
Según establece la Orden de 21 de febrero de 2025, en su base 8.2.1.:
“El personal funcionario interino que a la fecha de la finalización del plazo de admisión de solicitudes sea integrante de las bolsas de trabajo docente de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, y cuyos servicios prestados, susceptibles de ser baremados en esta convocatoria, consten en el Sistema de Información de Recursos Humanos de la Junta de Andalucía, y hayan sido invocados no tendrá que aportar la documentación justificativa de esta experiencia. La Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos ofrecerá los datos de experiencia docente de que tenga constancia a las correspondientes comisiones de baremación para su valoración, siempre que estos méritos hayan sido invocados”.
Y en cumplimiento de la Resolución de 19 de mayo de 2025, en su resuelvo segundo:
“No se admitirá ningún mérito en un plazo distinto y por un medio de presentación distinto al establecido en la presente Resolución. Para que los méritos puedan ser valorados, incluso los que puedan estar en poder de la Administración, deben ser invocados a través de este procedimiento. No se podrá valorar ningún mérito que no se haya invocado”.
Por todo lo anterior, mediante el presente escrito, doy cumplimiento al requerimiento de invocar los méritos correspondientes a los servicios prestados, susceptibles de baremación, y que constan en el Sistema de Información de Recursos Humanos de la Junta de Andalucía.
En , a de mayo de 2025
Fdo. ……………………………………………………………..
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