ANPE solicita que se reabra la negociación sobre el manual de cumplimiento de jornada


16 Oct, 2024

El nuevo manual para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes públicos, sustituye al que establecía la Resolución de 6 de octubre de 2005. Han pasado casi veinte años y la antigua norma planteaba procesos de gestión de las ausencias, obsoletos por los avances en tramitación electrónica de los distintos procedimientos, siendo necesaria la introducción de nuevas referencias normativas de uso de los soportes digitales, así como la modernización de los medios implantados en el sistema Séneca y la dotación de medios técnicos ágiles a los centros para garantizar el procedimiento.
ANPE manifestó en la Mesa del día 30 de julio, en la que trató el borrador de este Manual, su sorpresa por el momento en el que se trataba este tema tan complejo que debería ser objeto de una negociación pausada. Igualmente, expusimos la falta de garantías que observábamos en el borrador respecto al correcto cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y la insuficiente seguridad jurídica con la que se dotaba a los directores respecto a la información a trasladar al Consejo Escolar.
En relación a esta última cuestión, la norma de 2005 ya contemplaba el traslado de información relativa a las ausencias del profesorado, pero en ese momento no estábamos sujetos a la legislación actual en materia de protección de datos, con la que el nuevo manual debería ser plenamente escrupuloso.
En cuanto al  conocimiento de las ausencias por parte del claustro de profesores, desde el año 2005 se venía generando un estadillo de faltas mensual que se exponía en los tablones de la sala de profesores. Con la nueva norma, el estadillo de faltas se remite por Séneca al personal, y solo si no puede difundirse de este modo, se publicaría en la sala de profesores. El conocimiento de este estadillo por parte de los docentes es una garantía porque permite subsanar posibles errores en las ausencias, pero su publicidad debe ser restringida.
Partiendo de la evidencia de que las administraciones educativas están obligadas por ley al control horario del personal docente, para ANPE esta cuestión debe organizarse de modo que no repercuta negativamente en un aumento de la tareas burocráticas, tanto para el profesorado, a la hora de justificar sus ausencias, como para los equipos directivos, a la hora de gestionarlas, dentro de las competencias que les asigna la Ley de Educación de Andalucía.

Además de estas cuestiones, ANPE exige que se respete el derecho del funcionario docente al teletrabajo. Esta norma no puede limitarlo por problemas de control técnico, por lo que reivindicamos la apertura de negociaciones para trasladar al ámbito docente los últimos acuerdos adoptados en esta materia en Función Pública.

Por otra parte, es necesaria la reapertura de negociaciones para definir la aplicación de la posibilidad de no acudir diariamente de lunes a viernes al centro de trabajo en caso de reducción de jornada, así como redefinir los procedimientos de justificación de ausencia por asistencia a cita médica.

Realizadas todas estas aportaciones al texto inicial en la mesa sectorial, ANPE solicitó que la negociación se mantuviese abierta por no ser el momento oportuno, frente a lo que nos hemos encontrado con la sorpresiva publicación en BOJA del nuevo manual. Es por ello que solicitamos a la Consejería la reapertura de la negociación en torno a este tema, a fin de poder dar a luz una nueva Resolución que introduzca las modificaciones que sean adecuadas en el nuevo manual.

Sevilla, 16 de octubre de 2024.

ANPE-ANDALUCÍA