Mesa de Negociación del Personal Docente No Universitario del Ministerio de Educación y FP (20/12/2022)


20 Dic, 2022

INFORME MESA NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FP (20/12/2022)

ASISTENTES:

  • Por el Ministerio: Secretario General Técnico de Educación y miembros del Ministerio de Educación.
  • Por la parte sindical: ANPE, CCOO, STE, CSIF, UGT, CIGA y ELA

 

1. BORRADOR DE RD POR EL QUE SE REGULA LA ASIGNACIÓN DE MATERIAS EN ESO Y BACHILLERATO A LAS ESPECIALIDADES DE DISTINTOS CUERPOS DOCENTES

  • MINISTERIO: Presentan el borrador de Real Decreto que regulará la asignación docente a las materia de ESO y Bachillerato que modifica los actuales RRDD, entre ellos el RD 1834/2008, para adaptarlo a los currículos LOMLOE. Se ha considerado realizar un Real Decreto exclusivo de la atribución docente y las especialidades por posibles modificaciones que pudiera haber de estas en el desarrollo de la Disposición Adicional séptima de la LOMLOE. También se han sacado de sus respectivos RRDD la posible atribución docente de otros cuerpos docentes en estas etapas educativas. Se ha incorporado una disposición final para declarar como equivalentes, a efectos de docencia, las titulaciones LOE equivalentes a las ya establecidas LOGSE para el cuerpo de maestros de taller (596). Se ha añadido también una modificación a la Orden de temarios para dar cabida a las especialidades de lengua extranjera que sean distintas de francés e inglés.

 

  • ANPE: Desde ANPE nos parece positivo la desvinculación de este Real Decreto en el que vemos que las modificaciones que se hacen a la actual normativa no es muy significante pero si vemos en el borrador que se nos presenta algún aspecto a mejorar y alguna cuestión novedosa con la que no estamos de acuerdo. Nos referimos a la atribución docente en la ESO que se les da a los docentes de la especialidad de orientación educativa. Para ANPE, no se debería asignar docencia directa al profesorado de la especialidad de orientación educativa, pues es tiempo que se le resta de las funciones que tiene encomendadas. Por otro lado, la frase sobre la prelación, a la hora de asignarse horas de una materia a una u otra especialidad, sobraría al final del Anexo I, pues ya viene puesta la prelación cuando corresponde en la tabla del Anexo, y sí que tiene sentido en el Anexo II. Por último, para ANPE, lo más importante, y que depende, fundamentalmente, de las CCAA, es la asignación horaria a cada una de las materias, que es lo que realmente puede provocar desigualdades en los territorios y que dar lugar a que especialidades concretas pierdan carga horaria.

 

  • MINISTERIO: el incluir la orientación educativa lo ven muy conveniente por las características de la nueva materia de 4º de ESO “Formación y orientación personal y profesional”.

 

2. RUEGOS Y PREGUNTAS

 

  • ANPE:

- PARTICIPACIÓN EN LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN POR CONCURSO DE MÉRITOS:

Ante interpretaciones distintas que se están dando a lo recogido en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021, relacionado con la obligación de participar en el concurso de méritos en el ámbito del personal docente no universitario para percibir, en su caso, indemnización por cese. Pedimos al Ministerio que nos confirme si esto es así o esta referido a cualquier forma de participación en procesos de estabilización, incluyendo el concurso-oposición de estabilización, puesto que el mencionado artículo 2 se refiere a todos los procesos de estabilización y no sólo al concurso de méritos.

  • MINISTERIO: el artículo 2 es de aplicación a todos los procesos de estabilización, incluido el concurso-oposición de estabilización. Con lo que, el presentarse a cualquier proceso de estabilización daría cumplimiento a dicho artículo, al margen de que haya aspectos de dudosa aplicación al sector docente.

 

  • ANPE:

- APLICACIÓN EN EDUCACIÓN DE ASPECTOS RELACIONADOS CON LA LEY DE ESTABILIDAD:

En la Mesa de negociación que se celebró el pasado 26 de julio de este año, desde ANPE preguntamos lo siguiente:

La disposición final segunda de la Ley 20/2021 de estabilización mantiene el plazo dado por el RD-Ley 14/2021 para la adaptación de lo recogido en la citada norma para el personal docente. Dicho plazo expiró el pasado 8 de julio.

Los aspectos a adaptar eran las modificaciones de los artículos 10, 11 y disposición adicional decimoséptima del EBEP. De no hacerse en el plazo establecido se deberían aplicar esas modificaciones tal y como han quedado redactadas en la Ley de estabilidad. Concretamente son, fundamentalmente:

  • El plazo máximo de 3 años ocupando una plaza como interino.
  • La indemnización de 20 días por año, si se supera ese límite de los 3 años.

Desde ANPE queremos conocer si el Ministerio ha tratado este tema con las CCAA y conocer cómo se trasladaría esto en el sector docente, sobre todo de cara a los nombramientos de personal interino para el curso que viene.”

Desde el Ministerio se respondió, y así está recogido en el Acta de dicha reunión, lo siguiente: “si finalmente se procede a una adaptación del EBEP, lo que se estudia actualmente, se traerá a esta mesa de negociación”

Por ello preguntamos al Ministerio si finalmente se va a hacer una adaptación a nuestro sector docente, algo que creemos imprescindible desde ANPE, o, por el contrario, se nos van a aplicar las modificaciones del EBEP referidas recogidas en la Ley de estabilización.

  • MINISTERIO: no ven problema en que esta adaptación no se realice, porque las administraciones educativas pueden aplicarlo a la particularidad del sector docente, sin ser necesario modificar lo recogido ahora en el EBEP.

 

  • ANPE:

- DESARROLLO DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA LOMLOE

Volvemos a insistir en la necesidad de avanzar en el desarrollo de la disposición adicional séptima, constituyendo unos grupos de trabajo, en los que participemos las organizaciones sindicales, para elaborar una propuesta de documento inicial que pase con posterioridad por esta Mesa de Negociación.

Va a hacer un año que expiró el plazo por la LOMLOE para presentar una propuesta normativa y solo hemos visto el documento inicial de las 24 propuestas sobre el futuro de la profesión docente.

 

 

20 de diciembre de 2022

ANPE, sindicado de docentes de la Enseñanza Pública.

 

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