ANPE exige al Ministerio un calendario de negociación para el desarrollo de la Disposición Adicional Séptima de la LOMLOE


05 Abr, 2022

 

INFORME MESA NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FP (05/04/2022)

ASISTENTES:

  • Por el Ministerio: secretario general Técnico de Educación y miembros del Ministerio de Educación.
  • Por la parte sindical: ANPE, CCOO, STE, CSIF, UGT, CIGA y ELA.

 

  1. INTEGRACIÓN DEL PROFESORADO DEL CUERPO A EXTINGUIR DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA.

MINISTERIO:

Una vez aprobada y publicada la Ley Orgánica 3/2022 de ordenación e integración de la Formación Profesional, que entrará en vigor el próximo 22 de abril, toca ahora desarrollar la misma y, concretamente la integración del profesorado técnico de FP, en el cuerpo de profesores de Secundaria, en los términos recogidos en la reciente Ley que modifica la LOMLOE.

Aún no tienen definido el texto, pero sí las ideas principales. Se marcan dos objetivos:

  • Establecer un RD que regule la integración en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria y regular el nuevo cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares, que pertenecerá al grupo funcionarial A2.
  • Modificar los RRDD de ingreso y acceso y de especialidades y atribuciones docentes, en la línea de lo establecido en la Ley de FP.

Una vez se publique el RD de integración, las CCAA abrirán un plazo de solicitud de unos 20 días para que se presenten solicitudes junto con el título universitario. Después de ese plazo se podrán integrar todos los docentes que cumplan el requisito de titulación antes del 19/01/2026 en un plazo que quedará abierto hasta esa fecha.

Será válido el título de Grado y el equivalente a efectos de docencia (todas las titulaciones universitarias de grado medio: ingenierías técnicas, diplomaturas, …)

Los efectos de la integración serán desde el 19/01/2021. Para quien lo solicite en el plazo ordinario que se establezca.

Los profesores técnicos de las especialidades que pasen a formar parte del nuevo cuerpo de profesores especialidades en sectores singulares y tengan la titulación universitaria podrán incorporarse al cuerpo de secundaria, pero a título personal.

En la regulación de la integración se tendrán en cuenta todas las situaciones administrativas especiales (excedencias, servicios especiales, etc.) y los cambios de CCAA que se puedan producir durante el proceso de integración.

 

 

ANPE:

Para ANPE todas nuestras propuestas se centran en tres premisas esenciales para llevar a cabo este procedimiento:

  • Agilidad, rapidez y sencillez en el procedimiento para el ingreso en el nuevo cuerpo.
  • Que ningún compañero que cumpla o pueda cumplir los requisitos de ingreso se quede fuera.
  • Se articulen los mecanismos legales necesarios para establecer una equiparación salarial del profesorado del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de FP que no vaya a integrarse en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

En base a lo anterior, desde ANPE pedimos al Ministerio:

  • Que el procedimiento de integración sea similar, inmediato y al mismo tiempo en todas las CCAA y se realice a través de una simple solicitud que se podrá realizar de manera telemática o presencial, sin adjuntar ningún tipo de documentación, salvo el título de Grado o equivalente si la Administración educativa correspondiente no lo tiene.

 

  • El profesorado de las especialidades que la nueva Ley deja fuera de la integración y que sitúa en el nuevo cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de FP, siempre que cumplan los requisitos de titulación, debería tener también la posibilidad de integrarse en el cuerpo de profesores de Secundaria, en los mismos términos que el profesorado del resto de especialidades, como la redacción original de la LOMLOE recogía. Sobre este nuevo cuerpo, desde ANPE queremos conocer en que cuerpo funcionarial estará encuadrado y pedimos para ellos desde ya la equiparación retributiva con los compañeros que sí que se integrarán en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

 

  • Se debe contemplar también la integración del profesorado interino, que cumpla el requisito de titulación, y que sigue formando parte de las bolsas de trabajo del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de FP.

 

  • Tampoco podemos olvidar la necesidad de establecer los mecanismos adecuados para el reconocimiento, a todos los efectos, de esta integración al profesorado que, cumpliendo con el requisito de titulación, se haya jubilado después de la entrada en vigor de la LOMLOE.

 

Por último, y al hilo de esta integración del profesorado, del extinto cuerpo de profesores técnicos de FP, en el cuerpo de profesores de enseñanza Secundaria, pedimos al Ministerio de Educación y FP que, en el marco legal del futuro Estatuto Docente, cuya negociación debe comenzar de manera urgente, como pediremos después desde ANPE en el punto de ruegos y preguntas, se establezca un mecanismo similar y con los mismos requisitos de titulación, para que el profesorado del cuerpo de maestros de taller de artes plásticas y diseño (cuerpo 596) se pueda integrar en el cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño (cuerpo 595). Y, por otro lado, el profesorado perteneciente al cuerpo de maestros pase a formar parte del grupo funcionarial A1, pues todos los maestros poseen el título de Grado o equivalente a efectos de acceso a la función pública docente.

MINISTERIO:

Toman nota de las aportaciones realizadas y cuando tengan el borrador del RD de integración nos convocarán de nuevo.

 

2.- CRITERIOS DE DESARROLLO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE PLAZAS DE EMPLEO OCUPADAS DE FORMA TEMPORAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE.

MINISTERIO:

Presentan el documento orientativo para el cálculo de plazas que se ofertará a los procesos de estabilización, tanto por concurso de méritos como por el nuevo sistema de concurso-oposición, y que ha sido acordado con las CCAA y en base a las directrices dadas por la Secretaría de Estado de Administraciones públicas. Los procesos de estabilización deberán estar terminados el 31/12/2024, incluido el proceso de prácticas. Las convocatorias por este sistema de estabilización tendrán que estar publicadas antes del fin de 2022 y las OEP antes del 1 de junio de este año.

 

ANPE:

Volvemos a asistir a nueva reunión informativa sobre un aspecto relacionado con los procesos de estabilización, en este caso para conocer un documento sobre el cálculo de plazas que ya ha sido acordado con las CCAA y que ya se han reunido, se están reuniendo o se reunirán para trabajar en base al mismo. Esto vuelve a demostrar la ausencia de negociación sobre este tema, que se une a la de las modificaciones del RD 276/2007, cuyo borrador se presentó en una Mesa de negociación el pasado 21 de diciembre y no se volvió a saber nada más.

Por ello, queremos preguntar por el desarrollo de la modificación del RD 276/2007, sin olvidar que parte de una concepción de la estabilización alejada del funcionamiento y de la estructura funcionarial del sector docente y que provocará más desestabilización que estabilización. Además, en la citada Mesa de Negociación, celebrada el pasado 21 de diciembre, y en la única en la que se ha abordado este tema, desde ANPE planteamos una serie de dudas sobre la viabilidad jurídica del proyecto de modificación del actual RD 276/2007 presentado y, por ello, solicitamos  un informe jurídico de la abogacía del Estado para garantizar la viabilidad jurídica de lo que se planteaba y que, por lo expuesto aquí por parte del Ministerio, no ha cambiado sustancialmente sobre lo presentado en su momento.

En lo que respecta al concurso de méritos, que obliga a realizar la Ley de estabilidad en los términos pactados con algunos sindicatos.  Desde ANPE, al margen de lo anterior, tenemos serias dudas de su aplicación y encaje en el sector docente, puesto que es un sistema diseñado y acordado por otras organizaciones sindicales, enfocado fundamentalmente para plazas de otros colectivos de empleados públicos, y puede tener fatales consecuencias en la estabilidad del profesorado de determinados cuerpos y especialidades si no se diseña bien y se adapta a nuestro sector. Dentro de los interrogantes y de las cuestiones a tener en cuenta que nos preocupan, desde ANPE queremos resaltar:

  • El concurso de méritos, al ser un concurso de libre concurrencia convocado por las distintas CCAA y que no requiere de presencialidad alguna, propiciará que todo el profesorado pueda participar y de hecho lo haga en todas las convocatorias que realicen las CCAA en las que se oferten plazas de su especialidad y que, los que tengan la máxima puntuación lleguen a obtener plaza en más de una Comunidad Autónoma y, al elegir una de ellas, queden el resto vacantes. Esta situación, si no es remediada, conllevará: que se queden multitud de plazas desiertas, que deberán ser ocupadas nuevamente por un interino.
  • En ese proceso de libre concurrencia podemos encontrarnos cuerpos y especialidades cuyas plazas convocarán unas CCAA por este concurso de méritos y otras no, por haber convocado plazas desde 2016 hasta ahora. Tal vez el caso más llamativo sea el del cuerpo de profesores de EOI, donde las CCAA que no han convocado oposiciones después de 2016 se vean obligadas a sacar todas las plazas vacantes existente por este sistema, con participación de docentes de todo el Estado, mientras que el resto de CCAA sacará estas plazas por concurso-oposición. Produciéndose desigualdades en el ingreso y acceso entre los distintos territorios.
  • En cuanto a la experiencia, tanto en el concurso de méritos como en el concurso-oposición, pedimos, en el cómputo de la experiencia en el baremo de los procesos de estabilización se compute por curso escolar y no por años. De tal manera que se obtenga la máxima puntuación por cada curso a quien haya completado X meses por curso escolar, así evitamos las discriminaciones y desigualdades en el cómputo del tiempo de servicios entre los interinos que estos años atrás no han sido contratados durante los meses de verano en su respectiva comunidad autónoma. Así lo tienen establecido en los baremos de méritos de las bolsas de trabajo de muchas CCAA, entre ellas el propio Ministerio que, en la Orden ECD/697/2017 que regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en Ceuta y Melilla define como “año escolar” y otorga la puntuación máxima por curso al interino que haya trabajado al menos 165 días en el curso escolar (5 meses y medio) tal y como recogía el Acuerdo ANPE-MEC de 1994 por el que los interinos han estado nombrados, durante los meses de julio y agosto, si acreditaban en el curso escolar ese tiempo mínimo de servicios.

 

Por otro lado, y siguiendo con la puntuación de la experiencia, seguimos pidiendo que, en determinados cuerpos docentes, como en el de maestros, no se distinga la puntuación de experiencia en función de la especialidad ejercida.

También queremos resaltar nuevamente que este nuevo sistema de ingreso, tanto el de concurso de méritos como el del concurso-oposición, va a propiciar que muchos funcionarios de carrera opten por el mismo y presentarte por libre y no por el sistema de promoción interna, para acceder a otro cuerpo docente, pues es un sistema mucho más sencillo y asequible.

En definitiva para ANPE este sistema tiene muchos interrogantes, tanto jurídicos como de procedimiento, que si no son corregidos y aclarados provocará que el proceso de estabilización que pretende no sólo no se logre, sino que podamos encontrarnos desde una anulación judicial  de los procedimientos que se realicen, hasta una pérdida de los puestos de trabajo por parte de muchos de los interinos, que llevan muchos años ocupando determinadas plazas y que lo han hecho como interinos “por obligación” debido a la escasa o nula oferta de plazas de su especialidad que han hecho las distintas Administraciones Educativas.

Por último, y como ANPE ha pedido en multitud de ocasiones, la única solución a la estabilidad de las plantillas y para reducir drásticamente la tasa de interinidad, no pasa únicamente por modificar el sistema de ingreso y acceso a los cuerpos docentes, sino por cambiar el concepto de tasa de reposición y que esta no sea máxima, sino mínima, obligando a su vez  las CCAA a que en un plazo breve saquen a oferta de empleo público el máximo de plazas posibles para reducir su tasa de interinidad por debajo del 8%.

 

MINISTERIO:

La abogacía del Estado ya ha dado el visto bueno a la modificación del RD 276/2007. Esto como el resto de dictámenes e informes de los distintos órganos, así como todos los textos que ha ido habiendo en el desarrollo del mismo han sido remitidos al Consejo de Estado que este jueves se reúne para realizar su dictamen al mismo. Del texto que pasó por Mesa sólo ha habido modificaciones de cuestiones de forma y de técnica normativa, al margen de que todas las especialidades de FP tendrán prueba práctica.

 

3.- RUEGOS Y PREGUNTAS:

ANPE:

CALENDARIO NEGOCIACIÓN DESARROLLO ADICIONAL SÉPTIMA LOMLOE: ingreso, carrera profesional, todos los docentes al A1, jubilación anticipada, …

Exigimos y urgimos al Ministerio que presente un calendario de negociación para comenzar desde ya el desarrollo de la Disposición Adicional Séptima, fundamentalmente el Estatuto Docente y todo lo que deberá contemplar el mismo: nuevo modelo de ingreso y acceso a los cuerpos docentes, inclusión de todos los cuerpos docentes en el grupo funcionarial A1, carrera profesional docente, consolidación de modelo de jubilación anticipada, horario lectivo máximo del profesorado, retribuciones, permisos, licencias, excedencias mínimas para todo el Estado, etc.

El pasado 19 de enero se cumplía el plazo marcado por la LOMLOE para que el Ministerio presentara “una propuesta normativa” y solamente se ha presentado un documento con 24 propuestas para el debate. Si desde el Ministerio de Educación y FP y, por extensión, del propio Gobierno, se quiere afrontar realmente esta reforma necesaria y largamente demandada por el profesorado, se debe comenzar desde ya y negociar y acordar, con los representantes del profesorado, una propuesta de Ley de Estatuto del funcionario Docente no universitario, que sea llevada, posteriormente, al Congreso para su aprobación final, pero contando con el aval previo del profesorado. Si esto se hace así aseguramos una norma marco que podrá permanecer en el tiempo al margen de los vaivenes políticos.

 

 

ANPE, el sindicado de la Enseñanza Pública.

                  Docentes como tú.

5 de abril de 2022