Cerca de 1.400 solicitudes de comisión de servicio para el curso 2020/21 son denegadas por la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, a través de una interpretación arbitraria de la normativa.
En la mañana de hoy, se han celebrado reuniones a nivel provincial y autonómico para analizar las solicitudes de comisiones de servicio provinciales, interprovinciales e intercomunitarias, para el curso 2020/21. Según la Consejería de Educación y Deporte, la resolución provisional de las mismas se publicará esta tarde en su portal web, siendo el plazo de alegaciones del 5 al 12 de junio. En dicho plazo, el personal que presentó declaración jurada por carecer de la documentación justificativa en el momento de la solicitud, deberá presentarla, tal y como se le indicará en la resolución provisional de concesión.
Según los datos estadísticos facilitados por los responsables de la administración educativa, se han presentado un total de 10.940 solicitudes por parte de funcionarios del cuerpo de maestros, resolviéndose favorablemente 9.264 y desfavorablemente 1.676. En el resto de cuerpos docentes se han presentado 12.015 (10.438 favorables y 1.577 desfavorables).
Entre las resoluciones desfavorables, destaca el elevado número que afecta a las solicitadas "por tener el destino definitivo en municipio diferente al del domicilio habitual", 607 para el cuerpo de maestros y 766 para el resto de cuerpos docentes, lo que da una cifra final cercana a las 1.400. Esto se debe al criterio arbitrario introducido por la Consejería de Educación y Deporte, a pesar de nuestra reciente denuncia pública sobre lo que nos temíamos iba a suceder. Por dicho criterio, sólo se han estimado como favorables aquellas solicitudes en las que el municipio de empadronamiento se halle en la provincia para la que se solicita la comisión o zona limítrofe.
ANPE ha exigido a la Consejería que rectifique de oficio estas resoluciones desfavorables, por no ajustarse a la Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se modifica la Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación. En dicha norma se considera como único motivo para la solicitud, sin más limitaciones, el "tener el destino definitivo en municipio diferente al del domicilio habitual", pidiéndose únicamente como documentación justificativa un certificado de empadronamiento actualizado. E igualmente recomienda a todo el personal afectado que presente la correspondiente alegación en tiempo y forma para ver salvaguardados sus derechos.
Para ANPE, cualquier procedimiento administrativo debe regirse por principios de transparencia y objetividad, lo que no se corresponde con la introducción de interpretaciones arbitrarias de la normativa, como la efectuada por la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de junio de 2020.
ANPE-ANDALUCÍA