Medidas de conciliación relacionadas con la incorporación presencial del personal docente al puesto de trabajo


14 May, 2020

El Plan de incorporación progresiva de la actividad presencial de la Administración General de la Junta de Andalucía, contempla una serie de medidas de conciliación para el personal con menores de catorce años o personas dependientes a su cargo. Dichas medidas, que se relacionan a continuación y que son también de aplicación al personal docente al servicio de la Consejería de Educación y Deporte, tienen como objetivo favorecer una adecuada conciliación de la vida personal y familiar:

a) Flexibilización de su jornada laboral, sin sujeción a los límites previstos en la normativa de aplicación.

b) Sólo en el caso de que no fuera posible la flexibilidad, se podrá autorizar la permanencia del personal en su domicilio, estableciéndose la prestación del trabajo de modo semipresencial o no presencial, en la forma que mejor se adapte a las concretas circunstancias y las tareas a desarrollar.

c) En el caso de que ambos progenitores o responsables de la persona dependiente tengan la condición de personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, no podrán disfrutar de estas medidas simultáneamente. Asimismo, también habrá de acreditarse mediante declaración responsable que no hay otra persona que pueda hacerse cargo del cuidado del menor o del mayor a cargo. El órgano responsable en materia de personal podrá comprobar la veracidad de la declaración y la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a esta declaración responsable o la no presentación de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar.

d) El procedimiento para acreditar las circunstancias a que se refiere este supuesto y las concretas medidas que en cada caso se adopten, se regirán por lo establecido en las Resoluciones de la Secretaría General para la Administración Pública, de 12 y 13 de marzo de 2020, por las que se adoptan medidas respecto a todo el personal de la Administración de la Junta de Andalucía con motivo del COVID-19.

e) En el caso de tener personas menores de 14 años o dependientes a cargo, podrán acogerse a la modalidad de trabajo no presencial hasta que se proceda a la reapertura de los centros asistenciales, de conciliación familiar o se levante el estado de emergencia sanitaria.

Para poder acogerse a la modalidad b), la persona interesada deberá presentar por ventanilla electrónica al Servicio de Gestión de Recursos Humanos, en la opción Comunicación general-personal docente, la siguiente documentación:

- Declaración responsable de que no hay otra persona que pueda hacerse cargo del cuidado del menor o del mayor a su cargo.

- Documentación justificativa.

Sevilla, 14 de mayo de 2020.

ANPE-ANDALUCÍA

 

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